Según las Instrucciones de 6 de junio de 2017, de la CEC, se establece un procedimiento para autorizar y desarrollar experiencias de escolarización combinada del alumnado con NEE durante el curso 2017-18.
- Suponen una experiencia excepcional de desarrollo compartido del proceso de enseñanza-aprendizaje entre dos centros educativos, siendo uno de ellos de educación especial.
- Centro de referencia: en el que el alumnado pase más tiempo y esté matriculado.
- Centro colaborador: el centro que completa el horario del alumnado.
- Alumnado con NEE destinatario:
- Escolarizado en centros de EE:
- objetivos:
- proporcionar una atención educativa y una interacción entre iguales en un centro ordinario que complemente la recibida en su centro
- favorecer su desarrollo de habilidades adaptativas que permitan su inclusión educativa y social, y su mejora de calidad de vida.
- Escolarizado en centros ordinarios:
- objetivo: recibir atención especializada que implique recursos específicos de difícil generalización.
- El tutor/a realizará un plan individualizado de trabajo que concretará:
- aspectos curriculares y metodológicos a desarrollar
- distribución de jornada, tiempos, espacios y responsabilidades
- horario
- será evaluado trimestralmente y a final de curso
- A final de curso de elaborará una memoria.
Para acceder al enlace de la normativa
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